Diagnóstico inicial
Análisis registral y evaluación legal del caso: si es viable y qué lo está frenando.
Cuando el titular registral falleció y sus herederos nunca completaron la sucesión, la escritura queda bloqueada. Analizamos el título, definimos la estrategia más rápida y gestionamos el trámite hasta dejar el inmueble listo para escriturar.
El tracto abreviado permite transferir el dominio directamente al comprador final, sin exigir la inscripción previa a nombre de cada heredero. Es la excepción que evita ese paso intermedio y que acorta meses de trámite registral.
Cuando el titular registral falleció y sus herederos quieren vender, pero el inmueble nunca se inscribió a nombre de ellos. En un mismo acto se instrumenta la declaratoria y la transferencia al comprador.
La inscripción registral intermedia a nombre de cada heredero: un paso que, si se hiciera, sumaría meses de trámite y un costo de escrituración adicional que después se repetiría al vender.
La sucesión debe estar tramitada hasta contar con declaratoria de herederos (o testamento aprobado) y la orden de inscripción correspondiente. Si eso falta, lo gestionamos como parte del mismo expediente.
El tracto abreviado requiere acuerdo entre las partes para avanzar. Si hay desacuerdo, primero trabajamos esa negociación, que es la causa más frecuente de demora en cualquier sucesión.
El mismo método en cada expediente: diagnóstico claro, estrategia concreta y seguimiento activo hasta el cierre.
Análisis registral y evaluación legal del caso: si es viable y qué lo está frenando.
Definimos el camino más eficiente según el estado dominial: tracto abreviado u otra vía.
Impulsamos el proceso con foco en tiempos comerciales, no solo judiciales.
Documentación lista para escriturar, sin sorpresas de último momento.
Traernos un caso no le cuesta nada a la inmobiliaria ni al corredor: revisamos el título y le decimos si la venta se puede destrabar. Los honorarios los asume el propietario o los herederos, que son quienes contratan el trámite.
Nos acerca la operación frenada, estudiamos el título y le confirmamos si es viable y por qué camino. Esta instancia no se le factura.
Cuando el titular del inmueble o sus herederos se sientan con nosotras a definir la estrategia, esa consulta tiene un valor de 2 JUS, la unidad arancelaria que fija la ley de honorarios de la Provincia de Córdoba.
El costo del trámite completo depende del valor fiscal del inmueble y de la complejidad registral del caso. Se informa con precisión antes de avanzar, sin sorpresas en el camino.
Además de nuestros honorarios, el proceso incluye la tasa de justicia, el aporte a la Caja de Abogados y los gastos de escrituración e impuesto de sellos. Se lo detallamos todo en la cotización.
¿Quiere entender el trámite en detalle? Escribimos una guía completa sobre qué es el tracto abreviado y cuándo se aplica.
Leer la guíaYa destrabamos operaciones con este método. Estamos armando el detalle de cada caso para publicarlo acá, con el resultado y los tiempos reales. Mientras tanto, cuando nos consulte le contamos ejemplos similares al suyo.
La información de esta sección es orientativa y de carácter general; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.
Cuéntenos el caso. Evaluamos el título sin cargo y le decimos, en concreto, qué hace falta para llegar a la escritura.